LOPD
Conformidad con Ley 15/1999
de Protección de Datos de Carácter Personal
MISIÓN
Consultoría
Ayudamos a organizaciones y empresas a comprender e implantar las obligaciones que resultan de la legislación vigente.
Facilitamos y adaptamos sus negocios a un entorno tecnológico cada vez más avanzado todo ello de un
modo seguro y eficaz.
Ayudamos a que la adaptación de su negocio a esta nueva cultura empresarial no sea traumática,
consiguiendo reconocimiento y éxito.
NORMATIVA
Artículo 18 en sus apartados 1, 3 y 4 de la Constitución española:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas,
salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de
los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre
Artículo 1. Objeto.
Esta Ley Orgánica tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos
personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente
de su honor e intimidad personal y familiar.
Real decreto 994/1999, de 11 de junio.
Por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que
contengan Datos de Carácter Personal.
Otros textos legales, según sector de actividad.
AEPD
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
Funciones de la AEPD:
Elaborar informes y recomendaciones para el correcto uso de los datos de carácter personal.
Es la entidad depositaria del registro público de ficheros inscritos.
Tiene la potestad y obligación de la realización de inspecciones de oficio en lo relativo a la LOPD, estas
inspecciones podrán realizarse a petición de terceros como por ejemplo empresas u organismos públicos
o privados.
Tramitar denuncias de particulares y en su caso expedientes sancionadores.
Imponer sanciones en caso de incumplimiento de la normativa.
CONSECUENCIAS DE SU INCUMPLIMIENTO
Las consecuencias en caso de incumplimiento de la normativa sobre protección de datos,
pueden ser varias:
Perdida de imagen y credibilidad del Responsable del Fichero ante sus competidores, clientes y
proveedores.
Sanciones de hasta 600.000 euros en caso de infracción grave.
L.O.P.D.
SISTEMAS DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La legislación vigente y la necesidad de mantener el máximo compromiso con la privacidad de clientes,
proveedores, contactos y por supuesto, personal de la organización hace estrictamente necesaria la
adopción de Sistemas de Protección de Datos de Carácter Personal (SPDCP).
DESCRIPCIÓN
Fase 1: Inicio
En la fase de inicio se procede a la recolección de información, mediante entrevistas con el personal,
relativas a la situación inicial de la empresa, activando en paralelo una campaña de sensibilización con
los propósitos del SPDCP.
Fase 2: Diagnóstico
En esta fase se procede a diagnosticar el nivel de cumplimiento de la organización con la legislación
vigente. Se diagnosticarán los ficheros que contengan datos personales que deben tipificarse y declararse
ante la Agencia Española de Protección de Datos de Carácter Personal. Adicionalmente, se expondrán las
medidas que la empresa debe adoptar para cumplir de un modo efectivo con las regulaciones en materia
de privacidad y protección de datos.
Fase 3: Documento de Seguridad
En esta etapa se procede a elaborar un documento de seguridad totalmente personalizado, requisito
exigido por la ley, en el que figurarán las medidas que han de tomarse, la asignación de funciones,
responsabilidades y contratos necesarios. Este documento borrador, una vez aprobado por la dirección,
será elevado a primera versión.
Fase 4: Ficheros
Se elaborarán los ficheros debidamente tipificados para su puesta en conocimiento de la Agencia Española
de Protección de Datos Personales.
Fase 5: Seguimiento. Auditorías.
Cuando la legislación vigente o las condiciones del SPDCP lo hagan oportuno, se procederá a establecer
los mecanismos de revisión del sistema que garanticen la actualización constante del sistema.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Si desean obtener información adicional, sírvase en contactar con nosotros a través de
cualquiera de los siguientes medios.